Alertan que el parlamento busca blindar a sindicalistas agresores
Organizaciones de defensa de los derechos de las mujeres, denuncian que la Asamblea Legislativa controlada por el MAS intenta encubrir “a sindicalistas acusados de violencia intrafamiliar” y para eso impulsan la modificación de la Ley de Abreviación Procesal Penal con fines innobles.
“Acompañamos el rechazo del proyecto de ley de modificación a la Ley 1173, la cual pretende institucionalizar la impunidad para feminicidas, violadores y agresores, que atenta contra los derechos de las mujeres, jóvenes adolescentes, niñas y niños”, publicó en su red oficial el Centro de Promoción de la Mujer Gregoria Apaza (CPMGA).
De acuerdo con el pronunciamiento de esta organización y otras, mientras la Constitución Política del Estado (CPE), la Ley 348, además de otras normas, se intenta garantizar a las mujeres una vida libre de violencia, implementando investigación y sanción contra cualquier persona que ejerciera violencia contra ella, con la propuesta de ley se pretende proteger a los dirigentes sindicales violentos a título de “fuero sindical”.
“Alertamos a la ciudadanía que el proyecto de ley plantea en su artículo 3 que, el Ministerio Público estaría obligado a rechazar las denuncias por la comisión de delitos cometidos por dirigentes sindicales, esta disposición contradice las obligaciones de prevenir, investigar, sancionar, reparar y erradicar la violencia contra las mujeres previstas en el artículo 14 de la Constitución Política del Estado y el artículo 7 de la Convención de Belem y lo dispuesto en el artículo 5 de la Ley 348, al que claramente señala que no reconoce fuero y privilegio de ninguna clase”, denuncia la institución.
DESNATURALIZA EL FUERO
Asimismo, en el documento se aclara que con la norma se desnaturaliza la esencia del fuero sindical, ya que el mismo tiene fines de lucha social que nada tiene que ver con los distintos tipos de violencia que algunos dirigentes sindicales que ejercen contra la mujer.
“(Además) omite que las causas para el rechazo de las denuncias por parte del Ministerio Público están revisadas en el artículo 304 del Código de Procedimiento Penal, que no contempla el fuero sindical, siendo que, en todos los casos, los hechos de violencia deben ser investigados de oficio y los autores enjuiciados, y debidamente sancionados. Imponer el deber de rechazar estas denuncias además de ser contrario a la Constitución Política del Estado es una injerencia indebida del legislativo en la labor del Ministerio Público”, continúa.
El pronunciamiento también aclara que, para llegar a la justicia con mayor prontitud, no basta el acortamiento de los tiempos procesales sino la gestión correcta para la asignación de mayor presupuesto, fortalecimiento de capacidades de todos los servicios de atención de casos de violencia contra el género, así como otras tareas.
“Necesitamos fortalecer la Fuerza Especial de Lucha Contra la Violencia, el Instituto de Investigaciones Forenses e IDIF y el Ministerio Público, además de crear juzgados y tribunales especializados y exclusivos en materia de violencia contra las mujeres, lo contrario sólo genera mayor impunidad y desigualdad”, añade.
Ante las observaciones mencionadas, la institución pide a la Comisión de Justicia Plural, Ministerio Público y Defensa Legal del Estado de la Cámara de Diputados que el proyecto de Ley 553 no sea aprobado y ampliar el debate público mediante audiencias públicas para consensuar las reformas a la Ley 1173.