Censo: periodistas rechazan restricción del INE y Gobierno garantiza cobertura
Tras las declaraciones del director del Instituto Nacional de Estadística (INE), Humberto Arandia, de prohibir hablar con la prensa a los agentes censales para no violar el “secreto estadístico”, los periodistas de Bolivia rechazan “cualquier intención de limitar la cobertura periodística del Censo Nacional de Población y Vivienda 2024 que se realizará este sábado 23 de marzo.
La Asociación Nacional de Periodistas de Bolivia (ANPB) y las nueve asociaciones departamentales de periodistas del país publicaron ayer un comunicado en el que señalan que es responsabilidad del INE informar sobre la logística, el presupuesto, la capacitación y el trabajo de voluntarios y la percepción ciudadana sobre el desarrollo mismo del Censo de Población y Vivienda.
En tanto, e l Gobierno garantizó ayer la labor de los periodistas en el día del censo y negó la aplicación de restricciones. El Instituto Nacional de Estadística (INE) presentará un protocolo para realizar la cobertura periodística.
La viceministra de Comunicación, Gabriela Alcón, aseguró que el Gobierno en ningún momento “va a impedir el trabajo de la prensa”, como se constató en los más de tres años de administración del presidente Luis Arce.
En su comunicado, la ABPB ratificó que “rechazamos cualquier intento de limitar la cobertura periodística, demandamos transparencia en la conducción del Censo y estricta sujeción a la norma”.
Arandia dijo que está prohibido hablar con los agentes censales, con los jefes de manzana y con las personas que serán censadas el 23 de marzo.
Juan Sabino Quisbert, responsable del INE Santa Cruz, ratificó que habrá ciertas restricciones para el trabajo de la prensa. “No se puede estar con las cámaras o escuchando la entrevista”, “tampoco divulgar la información individualizada que será proporcionada por el ciudadano durante el llenado de la boleta censal”, señaló a la red Unitel.
Arandia citó la Ley 1405 cuyo art. 5 referido al “secreto estadístico”. Señala que “l a información proporcionada por los informantes no podrá ser revelada en forma individual y sólo podrá ser publicada de forma anonimizada. Asimismo, no podrá ser utilizada con propósitos tributarios, judiciales, administrativos o policiales, aunque medie orden administrativa o judicial”.
La ANPB manifestó que “queda claro que el citado artículo se refiere al régimen de confidencialidad de datos personales, garantía para que las personas respondan con libertad las preguntas del Censo. Pero en ninguna parte de la Ley 1405 se establecen límites al acceso a información de interés público sobre la logística y otros aspectos del censo.